San Luis Potosí; 08 de diciembre de 2025. El pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la incorporación de un nuevo capítulo al Código Penal estatal para tipificar la pederastia como delito grave, estableciendo penas de entre nueve y dieciocho años de cárcel para quienes cometan actos sexuales contra menores cuando medie una relación de confianza, autoridad o subordinación. 

La reforma agrega el Capítulo IV BIS denominado “Pederastia” y los artículos 182 BIS y 182 TER al título correspondiente a delitos contra la libertad y seguridad sexual, definiendo que será sancionable quien, aprovechando su posición de confianza —ya sea como familiar, tutor, docente, religioso, médico, empleador o en cualquier rol de autoridad— obligue, induzca o convenza a una persona menor de 18 años (o incapaz de comprender o resistir) a realizar actos sexuales, con o sin consentimiento. 

Si el agresor recurre a la violencia física, la pena se incrementará a más de la mitad, lo que incrementa drásticamente la sanción en esos casos, además de otras consecuencias legales como la pérdida de la patria potestad, tutela o cualquier derecho familiar sobre la víctima. 

Cuando el autor del delito sea un servidor público o un profesional que abusa de su posición, además de la prisión se contempla su inhabilitación, suspensión o destitución del cargo o profesión, con lo que se busca impedir que pueda volver a ejercer bajo responsabilidad. 

Las reformas también exigen que en cada caso la autoridad recabe dictámenes médicos, psicológicos y sociales para determinar el daño al desarrollo psicosexual de la víctima, y en su caso garantizar atención médica y psicológica integral, gratuita y especializada, conforme a estándares internacionales de protección a la niñez. 

El cambio legislativo se acompaña de ajustes normativos en el ámbito educativo y administrativo: se aprobó que las autoridades educativas estatales y municipales implementen protocolos obligatorios de actuación ante denuncias de abuso o acoso sexual, buscando prevenir, atender y sancionar de forma eficaz cualquier señalamiento contra personal docente o autoridades.