Oaxaca, México; 22 de diciembre de 2025. La Red Nacional de Abogadas Indígenas calificó como un “grave retroceso” la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que validó la elección de seis concejales propietarios hombres y tres mujeres, así como sus suplencias —seis mujeres y tres hombres— en diversos municipios, al considerar que dicho criterio vulnera el principio de paridad de género consagrado en la normativa electoral al reforzar estereotipos de género que relega a las mujeres a cargos de suplencia en lugar de otorgarles representación efectiva.
Las abogadas indígenas señalaron que el fallo responde a una interpretación que distorsiona la intención de la paridad, pues equipara la existencia de suplencias mayoritariamente femeninas con representación equitativa, lo que, a su juicio, perpetúa desigualdades y limita la participación política sustantiva de las mujeres en instancias de toma de decisiones locales tradicionales donde, dijeron, aún se enfrentan a barreras estructurales de acceso.
La Red insistió en que respetar la paridad implica garantizar cargos efectivos y no solo formales, y exigió a las autoridades electorales revisar criterios que puedan obstaculizar la inclusión de mujeres indígenas en puestos de representación popular, además de impulsar medidas que realmente promuevan la igualdad de género en todos los niveles de gobierno.