La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó, con tres votos a favor y uno en contra, que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) puede llevar a cabo sesiones con solo cuatro comisionados, de los siete que componen su pleno.

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Este fallo es el resultado de una reclamación interpuesta por el INAI contra la ministra Loretta Ortiz, quien negó previamente al organismo la capacidad de realizar sesiones con cuatro comisionados. 

Tras la admisión a trámite de la controversia constitucional del INAI en abril, donde denunciaba la omisión de los poderes Ejecutivo y Legislativo en la designación de los tres comisionados faltantes, se resolvió a favor del organismo.

Aunque Loretta Ortiz Ahlf admitió la controversia, no otorgó la suspensión al INAI, argumentando que no existía un motivo válido para suspender temporalmente la aplicación del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece la composición y quórum mínimo del pleno del Instituto.

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El INAI, que actualmente cuenta solo con cuatro comisionados debido a la falta de nombramientos, no ha sesionado durante casi cinco meses.

La falta de comisionados se debe a que legisladores del Senado de la República no han hecho las designaciones pertinentes.

El proyecto de resolución presentado por el ministro Javier Laynez Potisek, que permitirá al INAI sesionar con cuatro comisionados, fue respaldado por los ministros Yasmín Esquivel Mossa y Luis María Aguilar Morales, mientras que Loretta Ortiz Ahlf votó en contra. 

Esta decisión permite al INAI llevar a cabo las sesiones para emitir resoluciones, a pesar de la falta de comisionados requeridos.