En sesión privada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el acuerdo por el que el Instituto Nacional Electoral (INE) permite a las corcholatas presidenciales de Morena efectuar giras y eventos.
La decisión conlleva la prevención de no realizar actos de propaganda en sus actividades, así como ajustarse a la normativa constitucional y “conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad”.
Hoy martes, con mayoría de votos, pero con los sufragios en contra de los magistrados Felipe de la Mata, Janine Otálora y el presidente Reyes Rodríguez, la Sala Superior desechó la demanda presentada por Jorge Álvarez Máynez y Salomón Chertorivski, de Movimiento Ciudadano, y Kenia López, del PAN, en contra de los aspirantes a la Presidencia por Morena.
Los opositores denunciaron la probabilidad de efectuar actos anticipados de precampaña o campaña relacionada al proceso electoral de 2023-2024, o ambos, por parte del partido guinda, de parte de las corcholatas Adán Augusto López, Marcelo Ebrard, Claudia Sheinbaum, Ricardo Monreal, Gerardo Fernández Noroña y Manuel Velasco.
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Emitieron una solicitud para la cancelación del “Acuerdo del Consejo Nacional de Morena para que de manera imparcial, democrática, unitaria y transparente se logre profundizar y dar continuidad a la cuarta transformación de la vida pública de México”. El sustento critica que las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias el INE son insuficientes.
No obstante, a propuesta de la magistrada Mónica Soto, con el respaldo de José Luis Vargas, Indalfer Infante y Felipe Fuentes, cada uno por motivos distintos, se desechó la demanda, confirmando así el acuerdo ACQyD-INE-104/2023, de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, donde se permiten los actos y eventos de los aspirantes de Morena hacia la elección presidencial, pero ajustándose a los parámetros y términos legales.
Entre los lineamientos a seguir por parte de los precandidatos resaltan que tanto mensajes como discursos efectuados no deben incitar directa y explícitamente al voto a favor o en contra de persona o partido político alguno, que en los actos no se pida el respaldo para postularse a un cargo de elección popular y está prohibido difundir propuestas de campaña, con fines electorales.
Además, no se podrá llamar a votar a favor o en contra de una precandidatura o candidatura o partido político, así como publicitar una plataforma electoral o posicionar a alguien con el fin de obtener una precandidatura o candidatura.
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